sábado, 7 de enero de 2017

SE DECLARÓ OFICIALMENTE NULA LAS ELECCIONES EN LA FDPT

El tenis peruano en su hora más dura
El comité electoral de la FDPT que presidía el señor Mauricio Raffo La Rosa, con la asistencia de la señora Gabriela Gamero y el señor Renzo Arancibia, declararon oficialmente la nulidad del proceso, al ser rechazada la inscripción y posterior reconocimiento por el IPD de la lista ganadora que lidera el almirante José Cueto.

Recordemos que la noticia se hizo pública el día 30 de diciembre, a solo un día de cumplir su mandato el aún presidente Edmundo Jaramillo.

TAM en conversación con la FDPT, confirmo la recepción del documento enviado por el comité electoral, el cual fue oficiado también al IPD, indicando que en el inicio de la próxima semana habrá una reunión con los directores para fijar el día de la asamblea de bases, que determinaran el destino del tenis peruano.

Precisamente sobre este punto la reunión con las bases será para elegir un nuevo comité electoral, quienes tendrán que hacer valer lo que establece la modificatoria de la ley N° 30474 teniendo en consideración el Artículo 46 donde los miembros de las juntas directivas son elegidos por un período de cuatro (4) años, plazo que debe coincidir con el ciclo olímpico o torneo mundial, pueden ser revocados en sus cargos por la asamblea de bases, en los casos previstos en su estatuto y cuando son sancionados por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte.

Se permite por una sola vez la reelección inmediata en cualquier cargo.

El presidente ejerce la representación legal y deportiva. El vicepresidente lo reemplaza en caso de ausencia. Para ser candidato a presidente y vicepresidente se requiere cumplir los requisitos del respectivo estatuto, así como:

a) Haber tenido la condición de dirigente deportivo registrado por un mínimo de cuatro (4) años en la federación correspondiente o haber sido deportista calificado de alto nivel.

b) Acreditar grado o título a nivel universitario o técnico.

c) No haber sido sancionado por la justicia deportiva de su federación o por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte del Instituto Peruano del Deporte (IPD).

d) No haber sido sancionado en proceso penal por delito doloso.

e) No tener vínculo con las personas naturales ni jurídicas con las que se contrate la adquisición de bienes.

Todos estos puntos deberán ser respetados por los postulantes para evitar contratiempos a futuro y observaciones por parte del IPD.

En la asamblea también se determinará la continuidad momentánea de la junta directiva que concluyó funciones el 31 de diciembre o si se elige una comisión transitoria para que se haga cargo hasta que se elija al nuevo directorio de la FDPT.

Las bases tienen la palabra.

Ley N° 30474

Foto: TAM

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